¿Qué tengo que hacer para darme de alta cómo autónomo?

Son muchas las dudas que tienen los futuros empresarios sobre los primeros pasos que deben dar, aquí intentaré aclarar de forma sencilla cuáles son esos primeros pasos imprescindibles para dar de alta nuestro proyecto ante la administración.

En muchas ocasiones, seamos autónomos o una sociedad limitada, pensamos que debemos hacer todos los trámites de una empresa,  y yo recomiendo que al menos una vez en la vida los hagas, pero solo una vez.

Dedícate en cuerpo a alma a aquellas cosas que sean el corazón de tu negocio, y dedica el 100% a las cosas realmente importantes. El resto déjalo en manos de profesionales.

Hacienda

¿Qué debemos hacer en nuestra delegación de Hacienda?

a) Antes de iniciar la actividad deberemos realizar la declaración censal modelo 036 o bien el modelo simplificado 037.

Te dejo aquí un video sobre el modelo 036 que te gustará:

b) También deberemos darnos de alta en el IAE Impuesto de Actividades Económicas, durante el primer mes desde que se inicia la actividad, modelo 840 en este caso se indica la o las actividades que vamos a realizar mediante el epígrafe correspondiente.

Seguridad social

¿Qué trámites debemos realizar en la Tesorería General de la Seguridad Social?
En la TGSS deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos presentando adecuadamente cumplimentado el modelo TA.521/1, deberás acompañarlo del modelo 036 y de una copia de tu DNI, durante el mes siguiente de iniciar la actividad.

Estos sencillos pasos son suficientes para darte de alta como autónomo pero no olvides que dependiendo de actividades y ayuntamiento también deberás:

Ayuntamiento

En el ayuntamiento de tu localidad deberás solicitar tu licencia de apertura en caso de necesitar un centro de trabajo. El trámite ahora es mucho más sencillo desde que se liberalizó la apertura de comercios, en la mayoría de casos solo será necesario.

  1. Solicitud de comunicación previa
  2. Solicitud de declaración responsable
  3. Modelo de autoliquidación de la «Tasa por Licencia de apertura de Establecimientos»
  4. Presupuesto firmado por la constructora en caso de obras menores.

Registro mercantil

Alta en el Registro Mercantil.
Este paso no es obligatorio para autónomos pero si para sociedades.

Aquí tenéis otro post que os puede ser te utilidad: https://www.mundofinanzas.es/como-ser-autonomo-tramites-necesarios.

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